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Deducción del 40 % en el IRPF por instalar placas solares

Cómo funciona la deducción del 40 % en el IRPF por obras de mejora de eficiencia energética con autoconsumo solar: requisitos, límites y ejemplo.

Deducción del 40 % en el IRPF por instalar placas solares

En qué consiste la deducción

Es una deducción estatal en la declaración de la renta para quienes realizan obras de mejora de la eficiencia energética en su vivienda habitual o en una vivienda alquilada. Una instalación de autoconsumo solar puede encajar en el tramo del 40 %, siempre que reduzca al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o mejore la calificación energética de la vivienda en dos letras (o alcance la A o la B).

Vigencia: esta deducción se ha ido prorrogando y, según la información disponible a la fecha de revisión de este artículo, alcanza a las obras pagadas hasta el 31 de diciembre de 2026. Comprueba siempre en la Agencia Tributaria si sigue vigente cuando vayas a instalar.

Requisitos principales

  • Certificado de eficiencia energética previo a la obra y certificado posterior que acredite la mejora.
  • Vivienda habitual o vivienda arrendada.
  • Facturas a tu nombre y pago por transferencia o tarjeta, no en efectivo.
  • Restar de la base cualquier subvención pública recibida por la misma obra.

Límite de la deducción

La base máxima de deducción para este tramo es de 7.500 € anuales, por lo que el ahorro fiscal máximo es de 3.000 € (el 40 %). El importe se aplica en la declaración del ejercicio en que se paga la obra.

Ejemplo numérico

Vivienda con una instalación de 5 kWp. Importes ilustrativos:

Coste de la instalación7.250 €
Subvención pública (si la hubiera)0 €
Base de deducción (límite 7.500 €)7.250 €
Deducción del 40 %−2.900 €
Coste efectivo tras la deducción4.350 €

Si además recibieras una subvención del INEGA, esta se descontaría de la base antes de aplicar el 40 %. Consulta con tu asesor fiscal cómo afecta a tu caso.

Cómo te ayudamos en North Solar

  1. Gestionamos el certificado energético previo a la instalación.
  2. Ejecutamos la obra cumpliendo los requisitos técnicos.
  3. Tramitamos el certificado energético final.
  4. Te entregamos la documentación y las facturas para tu declaración.

Información divulgativa; no constituye asesoramiento fiscal. Las condiciones oficiales son las publicadas en el BOE y por la AEAT.

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